Los resultados de su búsqueda

Ley CONFOTUR: Lo que debes saber

Publicado por Isis de la Cruz en abril 5, 2024
0 Comentarios
Getting your Trinity Audio player ready...

La República Dominicana, conocida por sus playas paradisíacas y su vibrante cultura, ha consolidado su posición como uno de los destinos turísticos más atractivos del Caribe. Gran parte de este éxito se debe, en gran medida, a la visión y el marco legal establecido por la Ley No. 158-01 sobre Fomento al Desarrollo Turístico, comúnmente conocida como Ley CONFOTUR.

Promulgada el 9 de octubre de 2001, esta ley tiene como objetivo principal incentivar la inversión en el sector turístico dominicano, tanto en polos de escaso desarrollo como en nuevas zonas con gran potencial. Para lograrlo, la Ley CONFOTUR otorga una serie de atractivos beneficios fiscales y económicos a los proyectos turísticos que se acogen a sus disposiciones.

¿Qué es CONFOTUR?

CONFOTUR, siglas del Consejo de Fomento Turístico, es el organismo encargado de aplicar y supervisar el cumplimiento de la Ley 158-01. Presidido por el Ministro de Turismo, este consejo evalúa y clasifica los proyectos que desean beneficiarse de los incentivos, asegurando que cumplan con los requisitos y contribuyan al desarrollo sostenible del turismo en el país.

Beneficios Clave de la Ley CONFOTUR para Inversores y Proyectos

La Ley CONFOTUR ofrece un abanico de exenciones y facilidades que la convierten en un atractivo para inversionistas nacionales y extranjeros, desde grandes desarrolladores hoteleros hasta compradores individuales de propiedades en proyectos turísticos. Algunos de los beneficios más destacados incluyen:

  • Exención del Impuesto sobre la Renta: Los proyectos clasificados bajo CONFOTUR están exentos del pago del Impuesto sobre la Renta por un período de hasta 15 años a partir de la fecha de finalización de la construcción y equipamiento. Esto representa un ahorro significativo y aumenta la rentabilidad de la inversión.
  • Exención del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Inmuebles: Los compradores de propiedades que forman parte de un proyecto acogido a la Ley CONFOTUR no pagan el 3% de impuesto de transferencia al momento de adquirir la propiedad.
  • Exención del Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria (IPI): Las propiedades ubicadas en proyectos CONFOTUR están exentas del pago anual del 1% del IPI sobre el valor de la propiedad durante un período de 15 años. Es importante destacar que esta exención aplica específicamente a la propiedad dentro del proyecto CONFOTUR y no a otras propiedades que el inversionista pueda poseer.
  • Exención de Impuestos de Importación y ITBIS: Se otorga una exención total o reducción de aranceles sobre las maquinarias, equipos, materiales y bienes muebles necesarios para la construcción, equipamiento y puesta en operación de los proyectos turísticos. Esto incluye el Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
  • Facilidades en la Obtención de Permisos: La ley busca agilizar los procesos de obtención de permisos y licencias necesarios para el desarrollo de los proyectos turísticos, lo que reduce los tiempos y los costos asociados.
  • Deducción de Inversiones: Las personas físicas o jurídicas pueden deducir o desgravar de su renta neta imponible el monto de sus inversiones en proyectos turísticos acogidos a la ley, hasta un 20% anual por un máximo de cinco años.

¿Qué tipos de proyectos pueden acogerse a CONFOTUR?

La Ley CONFOTUR abarca una amplia gama de actividades y proyectos turísticos, entre los que se incluyen:

  • Instalaciones hoteleras, resorts y/o complejos hoteleros.
  • Complejos turísticos residenciales (apartamentos, villas).
  • Instalaciones para ferias, convenciones, festivales, espectáculos, conciertos o congresos internacionales.
  • Empresas relacionadas con el sector cruceros.
  • Parques temáticos, ecológicos o de diversión.
  • Infraestructuras portuarias y marítimas.
  • Infraestructuras turísticas complementarias como restaurantes, campos de golf e instalaciones deportivas.
  • Pequeñas y medianas empresas relacionadas con el turismo.
  • Empresas de servicios básicos para la industria turística (acueductos, plantas de tratamiento, saneamiento ambiental, etc.).

Requisitos para acogerse a la Ley CONFOTUR

Para beneficiarse de los incentivos de la Ley CONFOTUR, los proyectos deben cumplir con una serie de requisitos y someterse a un proceso de aprobación ante el Consejo de Fomento Turístico. Entre los documentos y aspectos clave a presentar se encuentran:

  • Formulario de solicitud debidamente completado.
  • Instancia de solicitud motivada al Ministro de Turismo, Presidente de CONFOTUR.
  • Descripción detallada del promotor o inversionista y el monto de la inversión.
  • Análisis de pre-factibilidad económica y financiera del proyecto.
  • Planos y documentación técnica del proyecto.
  • Aprobaciones y no objeciones de otras instituciones reguladoras (Ministerio de Turismo, Ministerio de Cultura si aplica, etc.).
  • Documentación corporativa del ente promotor.

Un Motor de Crecimiento y Oportunidades

La Ley CONFOTUR ha demostrado ser una herramienta fundamental para el crecimiento y la diversificación del sector turístico en la República Dominicana. Al ofrecer un marco legal sólido y atractivos incentivos fiscales, ha fomentado la inversión extranjera directa y local, impulsando la creación de empleo, el desarrollo de infraestructuras y la mejora de la calidad de vida en diversas regiones del país.

Para quienes buscan invertir en bienes raíces en el Caribe, los proyectos acogidos a la Ley CONFOTUR representan una oportunidad única de maximizar la rentabilidad y reducir la carga fiscal, en un destino que sigue siendo uno de los favoritos a nivel mundial.

  • Búsqueda avanzada

Comparar Los Listados De